Ayudas a la inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable en la Comunidad Autónoma de Castilla

El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), destinará 316 millones de euros a impulsar las instalaciones de renovables para la producción de energía, tanto térmica como eléctrica, en todo el territorio Nacional.

Este Programa de ayudas se ejecuta mediante convocatorias realizadas por el IDAE en cada comunidad autónoma, estando ya abierta en CASTILLA LA MANCHA, y su objeto es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a proyectos de inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable (ENERGÍA ELÉCTRICA) o en instalaciones de producción de energía térmica a partir de fuentes de energía renovable y sus equipos de mejora de gestión y optimización de producción (ENERGÍA TÉRMICA).

BENEFICIARIOS: Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas (incluidas empresas de servicios energéticos en el caso de ENERGÍA TÉRMICA).

TIPOS DE PROYECTO

  • ENERGÍA ELÉCTRICA: proyectos de inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable, pudiendo incluir actuaciones de inversión que mejoren la gestión y optimicen la producción, permitiendo el uso de autoconsumo y la incorporación de la energía a mercados locales, incluidos en los siguientes tipos de instalaciones:

           a) Solar fotovoltaica (se admiten modificaciones de instalaciones existentes siempre que hayan finalizado su vida útil regulatoria):

    Autoconsumo Sin almacenamiento (para edificios públicos) con un límite de potencia instalada 50kW ≤ P < 1 MW

    Autoconsumo CON almacenamiento con un límite de potencia instalada 100 kW ≤ P ≤ 10 MW

  • ENERGIA TERMICA: proyectos de inversión en instalaciones de producción de energía térmica con fuentes de energía renovable, incluidos en los siguientes tipos de actuaciones vinculados a energías renovables:

            a) Aerotermia: Aerotermia + FV servicios e industria, con un límite inferior potencia nominal (kW) ≥ 200

            b) Biomasa: 

                BM un edificio, con un límite inferior potencia nominal ((kW) ≥ 400

                BM red de calor (generación, distribución y conexión), con un límite inferior potencia nominal (kW) ≥ 400

                BM calderas aplicación industrial baja potencia con un límite inferior potencia nominal (kW) 500 ≤ P ≤ 5000

            c) Geotermia o hidrotermia: GT o HT servicios o industria con un límite inferior potencia nominal  (kW) ≤ 100         

            d) Solar Térmica:

                SIN concentración   con un límite inferior potencia nominal 25 ≤ P ≤ 100        

                SIN concentración con un límite inferior potencia nominal (kW) 100 ≤ P

                CON  concentración con un límite inferior potencia nominal (kW) 1000 ≤ P

CONCEPTOS FINANCIABLES

ENERGIA ELÉCTRICA: Elaboración del proyecto de ejecución, dirección facultativa de obra, coordinación de seguridad y salud, equipos principales de generación, obra civil, cimentaciones, sistemas de descarga y almacenamiento, sistemas eléctricos y de control, hidráulicos, bombeo, instrumentación, medición, auxiliares, monitorización, transporte y montaje, puesta en marcha, etc.

ENERGIA TÉRMICA: Elaboración del proyecto de ejecución, ensayos de test de respuesta térmica, ensayos de bombeo, dirección facultativa de obra, coordinación de seguridad y salud, equipos principales de generación, sistemas de acumulación, obra civil, cimentaciones, sistemas de descarga y almacenamiento, sistemas de distribución de calor/frío a puntos de consumo, sistemas eléctricos y de control, hidráulicos, bombeo, instrumentación, medición, auxiliares, monitorización, transporte y montaje, puesta en marcha, etc.

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

Duración proyecto: las instalaciones deben encontrarse completamente finalizadas antes del 30 de junio de 2023.

Efecto incentivador.

TIPO E INTENSIDAD DE AYUDA

Subvención a fondo perdido que el IDAE podrá adelantar al beneficiario mediante un anticipo.

El importe de la ayuda concedida se cuantificará en la resolución del procedimiento en términos de importe unitario e importe total.

La intensidad de la ayuda se calculará en función del presupuesto subvencionable justificado por el solicitante de la ayuda, de la potencia nominal real instalada, así como de una aportación mínima unitaria que se establecerá en función de la tipología da la actuación.

 PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes hasta las 12.00 horas del 30 de noviembre de 2020.

FORMALIZACIÓN Y PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

La presentación de solicitudes se realizará por vía electrónica, conforme se establece en los artículos 21 y 24 de las bases reguladoras, junto a lo dispuesto específicamente en esta convocatoria. Para efectuar la solicitud, se deberá cumplimentar el cuestionario electrónico disponible a través de la sede electrónica del IDAE y aportar la documentación que se indica en el artículo 24.2 de las bases reguladoras, todo ello firmado por el representante.

 

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