Ayudas al Empleo

Plazo: Cerrado

El presente Decreto tiene por objeto aprobar y efectuar, para el ejercicio 2022, la concesión directa de las subvenciones que tienen por finalidad facilitar el acceso a un primer empleo de calidad a personas desempleadas de Castilla-La Mancha

https://empleoyformacion.castillalamancha.es/empresas/ayudas-subvencione...

Correo Electrónico:
Plazo: Cerrado

El presente Decreto tiene por objeto regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones para la para la contratación inicial indefinida.

Para más información: https://empleoyformacion.castillalamancha.es/empresas/ayudas-subvenciones/ayudas-incentivar-contratacion-indefinida

Correo Electrónico:
Plazo: Cerrado

El presente Decreto tiene por objeto regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones para la para la contratación inicial indefinida y para la transformación en contratos por tiempo indefinido de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad.

Más información: https://empleoyformacion.castillalamancha.es/empresas/ayudas-subvenciones/ayudas-contratacion-inicial-indefinida-y-transformacion-contratos

Correo Electrónico:
Plazo: 26/07/2022 a 30/09/2023

Plazo de resolución: 3 MESES.

Efectos silencio: Desestimatorio

Plazo de presentación de solicitudes: Del Mar, 26 Jul 2022 al Sáb, 30 Sep 2023

Objeto:

Ayudas a proyectos de inversión fija vinculada a la creación de empleo indefinido en el mercado protegido, que supongan la creación de puestos de trabajo estable. Se entiende por puesto de trabajo estable, el contrato indefinido o cada trasformación de un contrato temporal o de duración determinada en un contrato indefinido.

Destinatarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este decreto, los centros especiales de empleo cuando tengan personalidad jurídica propia y figuren inscritos como tales en el Registro de centros especiales de Castilla-La Mancha, o bien las entidades titulares de dichos centros que se ajusten a lo dispuesto en el articulo 43.2 de la Ley General de los Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, por el que el numero de personas trabajadores del centro especial sea igual o superior al 70 por ciento del total de la plantilla. A estos efectos, no se computará el personal sin discapacidad dedicado a la prestación de servicios de ajuste personal y social.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias deberan cumplir los requisitos generales previstos en el articulo 4 del Decreto por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha, y los requisitos específicos referidos a las inversiones y a las contrataciones previstos en el articulo 21 del citado Decreto de bases reguladoras, siendo entre otros, que el proyecto de inversión debe reunir viabilidad técnica, económica y financiera y suponer la creación de empleo estable de personas con discapacidad. En todo caso, la inversión que implica el proyecto deberá estar directamente relacionada con el puesto o puestos de trabajo creados.

Importe:

La subvención a la inversión fija será de hasta 12.000 euros por cada nueva contratación con carácter indefinido o por cada transformación en indefinido de contratos temporales o de duración determinada que se realicen con personas con discapacidad, sin que en ningún caso rebase el coste real que, al efecto, se justifique por la referida inversión.

Se establece la siguiente graduación de las ayudas de 9.000 Euros hasta 12.000 Euros en función de parámetros referidos a la ratio de personas trabajadoras con discapacidad y al tipo de inversión fija, otorgando una mayor graduación a las inversiones fijas que contribuyan a la reconversión productiva o a la innovación del centro especial de empleo.

Criterios:

Las subvenciones previstas en esta linea se otorgarán en régimen de concesión directa, por lo que se resolverán por orden de entrada.

Documentación a aportar:

Copia de la Documentación acreditativa de que la persona que formula la solicitud es la persona representante legal de la entidad solicitante.

Anexo I Autorizaciones de las personas trabajadoras para el acceso a datos personales

En su caso, las facturas o presupuestos respecto del detalle valorado de la inversion

Lugar de presentación:

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, la documentación original a aportar, deberá ser digitalizada y presentada junto al formulario, como archivos anexos a la misma.

Información Adicional: Dirección General de Programas de Empleo

Dirección Postal: Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo, España

La resolución se notificará a las personas interesadas por medios electrónicos, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/, de acuerdo con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Marco legal:

Disposición adicional segunda del Decreto 85/2022 de 19 de julio. Crédito disponible y plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria de 2022 de la subvención de la línea 1, por inversión fija generadora de empleo.

DOCM: 25/07/22 Decreto 85/2022, de 19 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 640166.

Teléfonos:
  • 925288000 - 925247619
Correo Electrónico:
Documentos Relacionados:
Plazo: Cerrado

Plazo de resolución: 3 MESES

Efectos silencio: Desestimatorio

Plazo de presentación de solicitudes: Del Mar, 26 Jul 2022 al Vie, 26 Ago 2022

Objeto:

El objeto de esta ayuda consiste en subvencionar el incremento smi de los gastos subvencionables no abonados en el semestre anterior al que se publique la convocatoria.

Destinatarios:

Podrán ser beneficiarios del incremento del smi de la linea 2 de costes salariales de las personas con discapacidad, los centros especiales de empleo que hayan sido beneficiarios en el semestre anterior respecto de los gastos subvencionables justificados y liquidados a su favor.

Importe:

El incremento que corresponda en función del porcentaje aprobado por el Gobierno estatal, en uso de la facultad prevista en el articulo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Criterios:

Las subvenciones previstas en esta linea se otorgarán en régimen de concesión directa, por lo que se resolverán por orden de entrada.

Lugar de presentación:

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario (Anexo XI) incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, la documentación original a aportar, deberá ser digitalizada y presentada junto al formulario, como archivos anexos a la misma.

Información Adicional: Dirección General de Programas de Empleo

Dirección Postal: Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo, España

La resolución se notificará a las personas interesadas por medios electrónicos, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/, de acuerdo con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Marco legal:

Disposición adicional cuarta del Decreto 85/2022 de 19 de julio. Crédito disponible y plazo de presentación de solicitudes por el incremento del SMI vigente de la subvención de la linea 2 del coste salarial de personas con discapacidad, de los meses de septiembre a diciembre del ejercicio 2021

DOCM: 25/07/22 Decreto 85/2022, de 19 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 640166.

Teléfonos:
  • 925288000 - 925247619
Correo Electrónico:
Documentos Relacionados:
Plazo: Cerrado

Plazo de resolución:  3 MESES.

Efectos silencio:  Desestimatorio

Plazo de presentación de solicitudes:

Primer semestre: 26 julio al 8 de agosto de 2022.

Segundo semestre: 9 de agosto a 9 octubre de 2022.

Objeto:

Estas ayudas subvencionan parcialmente el coste salarial de personas con discapacidad que trabajen a jornada completa o a tiempo parcial en C. especiales de empleo, considerando coste salarial al total de retribuciones incluida la parte proporcional de 2 pagas extraordinarias más las correspondientes cotizaciones a S. Social por la persona trabajadora. Las contrataciones de duración inicial inferior a 3 meses, con independencia de la duración de sus prorrogas, no serán subvencionables.

Destinatarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este decreto, los centros especiales de empleo cuando tengan personalidad jurídica propia y figuren inscritos como tales en el Registro de centros especiales de Castilla-La Mancha, o bien las entidades titulares de dichos centros que se ajusten a lo dispuesto en el artículo 43.2 de la Ley General de los Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, por el que el número de personas trabajadores del centro especial sea igual o superior al 70 por ciento del total de la plantilla. A estos efectos, no se computará el personal sin discapacidad dedicado a la prestación de servicios de ajuste personal y social.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos generales previstos en el articulo 4 del Decreto por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha, y presentar la justificación mensual de la subvención conforme a lo indicado en el artículo 10 del decreto de bases reguladoras, de acuerdo al modelo contenido en el anexo VI Justificación mensual de la ayuda de costes salariales.

Importe:

a) En el caso de personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, según lo previsto en el artículo 6.1.b), la cuantía de la subvención será la siguiente: 1º. Si se trata de un contrato indefinido, será el equivalente al 55 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, salvo si se trata de mujer o mayor de 45 años, en cuyo caso será el 60 por ciento. 2º. Si se trata de un contrato temporal, siempre que sea de una duración mínima de tres meses, el 50 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente. b) En el caso de personas trabajadoras con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido inferior al 65 por ciento, la cuantía de la subvención por cada persona trabajadora, será la siguiente: 1º. Si se trata de un contrato indefinido, el 50 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente. 2º. Si se trata de un contrato temporal, siempre que sea de una duración mínima de tres meses, el 40 por ciento del smi

Criterios:

Las subvenciones previstas en esta línea se otorgarán en régimen de concesión directa, por lo que se resolverán por orden de entrada.

Documentación a aportar:

Las solicitudes para esta línea de ayudas se presentarán de forma telemática conforme lo indicado en el artículo 10, de acuerdo a los modelos contenidos en los anexos IV y V Solicitud de ayuda para costes salariales de las personas con discapacidad correspondientes a los costes salariales del primer y segundo semestre respectivamente, que deberán ir acompañadas de la documentación acreditativa de que la persona que formula la solicitud es la representante legal de la entidad.

Lugar de presentación:

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, la documentación original a aportar, deberá ser digitalizada y presentada junto al formulario, como archivos anexos a la misma.

Información Adicional: Dirección General de Programas de Empleo

Dirección Postal: Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo, España

La resolución se notificará a los interesados por medios electrónicos, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37 del Decreto 12/2010, de 16 de marzo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha.

Marco legal:

DOCM: 25/07/22 Decreto 85/2022, de 19 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 640166.

Disposición adicional tercera del Decreto 85/2022 de 19 de julio. Crédito disponible y plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria de 2022 de la subvención de la línea 2, de coste salarial de personas con discapacidad.

Teléfonos:
  • 925288000 - 925247619
Correo Electrónico:
Documentos Relacionados:
Plazo: Cerrado

Plazo de resolución:  3 MESES

Efectos silencio:  Desestimatorio

Plazo de presentación de solicitudes:

Del Mar, 26 Jul 2022 al Lun, 26 Sep 2022

Objeto:

El objeto de esta subvención es apoyar a los centros especiales de empleo por la prestación, a través de las unidades de apoyo a la actividad profesional reguladas en el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, de los servicios de ajuste personal y social que requieran las personas trabajadoras con discapacidad que se encuentren en alguno de los supuestos que se describen en el artículo 3 del citado Real Decreto 469/2006.

Destinatarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en este decreto, los centros especiales de empleo cuando tengan personalidad jurídica propia y figuren inscritos como tales en el Registro de centros especiales de Castilla-La Mancha, o bien las entidades titulares de dichos centros que se ajusten a lo dispuesto en el articulo 43.2 de la Ley General de los Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, por el que el numero de personas trabajadores del centro especial sea igual o superior al 70 por ciento del total de la plantilla. A estos efectos, no se computará el personal sin discapacidad dedicado a la prestación de servicios de ajuste personal y social.

Requisitos:

Las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos generales previstos en el articulo 4 del Decreto por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha.

Por su parte, las personas destinatarias finales de esta linea, de conformidad con el artículo 3 del Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, serán los siguientes trabajadores y trabajadoras con discapacidad de los centros especiales de empleo: a) Personas con parálisis cerebral, personas con trastorno de la salud mental, personas con discapacidad intelectual o personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %. b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.

Importe:

La subvención de 1.440 euros se reducirá proporcionalmente en función de la duración de los contratos de las personas trabajadoras con discapacidad a los que se refiere el apartado anterior, así como en función de la duración de la jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.

Documentación a aportar:

La solicitud para esta línea de ayudas se presentará de forma telemática conforme a lo indicado en el artículo 10, de acuerdo al modelo contenido en el anexo X «Solicitud y justificación de las ayudas por ajuste personal y social», que deberá ir acompañada de la siguiente documentación justificativa de los gastos realizados:

a) La indicada en el artículo 10.2 y los anexos X-A y X-B, de acuerdo a los modelos de hojas de cálculo habilitadas en la sede electrónica.

b) Nóminas del personal que integra las unidades de apoyo por el que se solicita la ayuda.

c) Justificantes bancarios del abono de las nóminas. En los justificantes deberán constar, según la modalidad de abono, el titular de la cuenta, número de cuenta de origen y destino, importe, fecha de pago, persona beneficiaria de la operación y concepto. No se admitirán en ningún caso pagos en metálico.

d) Relación nominal de trabajadores (antiguo TC2), del personal de unidades de apoyo respecto de todos los meses comprendidos dentro del período subvencionable.

e) Memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesion de las subvenciones, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos por las Unidades de Apoyo.

f) En su caso, una relación detallada de otros ingresos y subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación de su importe y su procedencia.

Lugar de presentación:

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, la documentación original a aportar, deberá ser digitalizada y presentada junto al formulario, como archivos anexos a la misma.

Información Adicional: Dirección General de Programas de Empleo

Dirección Postal: Avenida de Irlanda, 14 - 45071 Toledo, España

La resolución se notificará a los interesados por medios electrónicos, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37 del Decreto 12/2010, de 16 de marzo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos en la actividad de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha.

Marco legal:

Disposición adicional quinta del Decreto 85/2022 de 19 de julio. Crédito disponible y plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria de 2022 de la subvención de la línea 4, por los servicios de ajuste personal y social a través de las unidades de apoyo.

DOCM: 25/07/22 Decreto 85/2022, de 19 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif.): 640166.

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  • 925288000 - 925247619
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